El juez se niega a remitir las pruebas sobre el «caso Hércules» a la FEF y el CSD

EL RINCON DEL FORERO ha recogido algunas informaciones relacionadas con el «caso Hércules». En EL MUNDO DEPORTIVO se recoge una interesante información en la que se recoge que al parecer el juez se niega a remitir las pruebas a la RFEF y CSD, por lo que parece que el «caso Hércules» será uno más de los que se archiven finalmente y que no habrá sanciones como en casos precedentes:

«El ‘caso Hércules’ va camino de su archivo definitivo. Si la situación no da un inesperado giro de 180 grados, lo que apuntaba a un escándalo de proporciones mayúsculas quedará en un nuevo capítulo de rumores, especulaciones, sospechas… y nada más. Ni investigación ni, mucho menos, castigos o sanciones.

El titular del Juzgado de Instrucción número 7 de Alicante, José Luis de la Fuente, que es el que investiga la supuesta compra por parte del Hércules de diversos partidos para lograr el ascenso a Primera, decidió no remitir el contenido de sus pesquisas a la Federación Española ni al Consejo Superior de Deportes, tal y como le había pedido el fiscal anticorrupción.

Intromisión

Entiende el magistrado que ceder el contenido de las conversaciones entre Enrique Ortiz, máximo accionista del Hércules, y un familiar suyo, en las que Ortiz admitía haber pagado 100.000 euros al portero del Córdoba para que se dejase ganar, supondría una ‘intromisión en la intimidad’ de las personas. Además, argumenta que el hallazgo de estas conversaciones fue casual, al aparecer en el curso de las investigaciones sobre un supuesto caso de corrupción por adjudicación de servicios públicos. Y concluye que la compra de partidos no es un delito penal.

En efecto, el Código Penal español no tipificaba este delito en su anterior versión. Sí lo recoge en la que fue publicada el pasado 23 de junio en el Boletín Oficial del Estado, que no entrará en vigor hasta seis meses después, es decir, hasta el próximo 22 de diciembre. En el nuevo articulado se castiga con penas de cárcel de entre uno y seis años ‘a los directivos, administradores, empleados o colaboradores de una entidad deportiva (…) así como a los deportistas (…) respecto de aquellas conductas que tengan por finalidad predeterminar o alterar de manera deliberada y fraudulenta el resultado de una prueba, encuentro o competición deportiva profesionales».

Culpablesabsueltos

La fiscalía anticorrupción puede recurrir la decisión del titular del juzgado alicantino, pero todo parece apuntar a que el caso quedará definitivamente sepultado, como lo hicieron otros escándalos parecidos surgidos en el fútbol español en las últimas décadas. A diferencia de lo que sucede en otros países europeos, en España, al menos al nivel de Primera División, no se han tomado medidas disciplinarias o sancionadoras por la compra de un partido.

Sospechas, rumores, especulaciones y hasta denuncias ha habido muchas. Castigos, ni uno. En todo caso, el que se produjo en 1980, con ocasión de un Málaga-Salamanca (0-3) que la Federación decidió castigar. Sanciones que el Comité Superior de Justicia Deportiva acabó por dejó en nada al admitir todos los recursos interpuestos por los sancionados, a los que absolvió de sus faltas».

por JOXEBI

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